Durante los últimos años, como sociedad hemos visto innumerables ocasiones en las que los avances tecnológicos han irrumpido a una velocidad mayor a la que la política podía adaptarse. El marco legal se ha visto obligado a tener que adaptarse a marchas forzadas a una gran cantidad de escenarios gobernados por el ámbito tecnológico.
El tejido empresarial español ha sucumbido ante las nuevas formas de trabajo gobernadas por el sector tecnológico y de innovación. Actualmente, las startups se han consolidado como una de las formas de emprendimiento más perseguidas no solo en España, sino en el resto del mundo. Por esta razón, y tras varios años de espera, la vicepresidenta segunda y ministra de asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, dio a conocer el pasado martes el anteproyecto de Ley de Startups. Un nuevo marco normativo muy esperado en la comunidad de emprendedores de nuestro país.
2018, el año en que empezó todo
Tenemos que retroceder al año 2018 para encontrar la primera referencia por parte del gobierno a este nuevo marco normativo. Fue en el South Summit del año 2018 cuando Pedro Sánchez anunció una nueva legislación que permitiría regular y apoyar la creciente importancia de la Ley de Startups.
Hasta el pasado mes de febrero, el gobierno apenas había vuelto a hacer mención a la misma. Para entonces, su aprobación se llevaría a cabo en «pocas semanas». No fue hasta el pasado martes cuando la ministra Calviño, tras la reunión del Consejo de Ministros, publicó el texto del anteproyecto que se someterá a la audiencia pública.
Un primer paso muy importante
Contar con un anteproyecto es «un primer paso muy importante», afirman desde la Asociación de Startups. Para los miembros de esta organización es imprescindible que exista una legislación que reconozca las características especiales con las que cuenta esta forma de organización. Siendo un modelo empresarial de características muy particulares.
Uno de los principales puntos de desencuentro llega en el momento de definir el concepto de startup. Para el gobierno, esta tipología se caracteriza por ser una compañía con sede social y con el 60% de sus empleados con contrato en España. También debe ser de nueva creación con una fecha de creación inferior a los cinco años. En el caso de que pertenezca al campo de la biotecnología, la energía o la industria, es posible que su historia sea inferior a los 7 años. Además, debe asegurar una facturación inferior a los cinco millones de euros anuales.
Ventajas fiscales para las startups
En el anteproyecto presentado, se reduce el tipo del impuesto de sociedades de un 25 a un 15% durante un máximo de cuatro años. Sin embargo, esta medida no es muy relevante si se tiene en cuenta que una de las características principales de las startups es que, en la mayoría de las ocasiones, no suelen tener beneficios durante los primeros años de vida. Por lo tanto, están excluidas de presentar este impuesto.
El segundo de los aspectos más relevantes que marca la ley hace referencia al aumento de las deducciones de un 30 a un 40%. Así como el aumento de la base máxima de 60.000 a 100.000 euros para dedicar en inversiones en aquellas compañías que cumplan con lo mencionado previamente.
Por último, destaca lo relacionado con las stock options. La entrega de acciones como variable para atraer talento se ha convertido una de las herramientas más habituales para seducir a nuevos trabajadores. El gobierno ha elevado la exención de estas retribuciones de 12.000 a 45.000 euros anuales. Sin embargo, desde el ámbito de la emprendeduría se afirma que el valor de esta exención puede no ser suficiente para atraer a grandes directivos que se alejen de las multinacionales y apuesten por modelos de negocio de dimensiones más contenidas.
¿Cuál es la legislación actual?
- Ley 11/2013: Medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo de crecimiento y de creación de empleo. Su objetivo es el de reforzar las reformas estructurales que han sido enfocadas tanto a PYMEs como a autónomos.
- Ley 14/2013: Apoyo a emprendedores y su internacionalización. Reduce el número de procedimientos de apertura y simplifica la tramitación de las sociedades limitadas.
- Ley 25/2015: Mecanismo de segunda oportunidad. Permite a todos los emprendedores a que pese a un fracaso empresarial no arrastren de manera indefinida estas deudas.
- Ley 5/2015: Fomento de la financiación empresarial. Establece un régimen jurídico para llevar a cabo la financiación participativa o el crowdfunding. Únicamente en aquellos casos en los que el inversor espera recibir una remuneración dineraria por su participación.